Estudio Jurídico Especializado en Despidos
Si te despidieron con o sin causa, sin importar si estas correctamente registrado o “en negro”, te puede corresponder una indemnización.
ABOGADOS POR DESPIDO LABORAL
En casos de despidos sin causa, revisamos la liquidación que te corresponde y si existen diferencias con lo que deberían haberte pagado, reclamamos legalmente por ello.
Cuando el despido ha sido realizado mediante la invocación de alguna causa disciplinaria o económica, sin importar cuál, impugnamos la decisión y reclamamos la indemnización por antigüedad correspondiente.
Si el despido ha sido realizado verbalmente, accionamos rápidamente para reclamar a que se aclare la situación laboral y evitar despidos por abandono de trabajo.
Además, se reclaman todas las sumas adeudadas por el empleador en concepto de diferencias salariales generadas por salarios por debajo de categoría según convenio colectivo de trabajo, horas extra no abonadas, y otros rubros relacionados.
ASESORAMIENTO PERSONALIZADO
Te acompañamos en cada etapa del proceso y te brindamos el asesoramiento legal que necesitás.

Especialización exclusiva
Profesionales expertos en derecho laboral. Nuestro estudio se dedica exclusivamente a esta especialidad, por lo que brindamos un servicio con la mayor especificidad posible.

Transparencia en honorarios
No cobramos anticipadamente ningún honorario. Cobramos cuando el trabajador percibe su indemnización.

Atención inmediata y directa
Respuestas y asesoramiento letrado al instante, mediante mensajes de Whats’App o llamadas telefónicas.

Compromiso total
Profesionalismo y compromiso con el cliente en todo el procedimiento.

Estrategia eficiente
Priorizamos siempre el máximo beneficio posible sin la necesidad de incurrir en procesos judiciales extensos.

Experiencia en el rubro
Contamos con más de 10 años de experiencia en este tipo de reclamos.
Iniciado el procedimiento no es necesario que sigas yendo a trabajar.
CÓMO RECLAMAMOS TUS DERECHOS LABORALES
Conocé nuestra metodología de trabajo y los pasos para presentar tu reclamo.
Se envían telegramas gratuitos por Correo Argentino para intimar al empleador a regularizar la situación y pagar lo adeudado. Desde ese momento el trabajador retiene tareas y deja de asistir sin riesgo de que se lo considere abandono de trabajo.
Si no contestan o niegan lo reclamado, la ley habilita al trabajador a considerarse despedido por culpa del empleador.
Se solicita ante la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Capital Humano de la Nación una audiencia virtual ante el servicio de conciliación obligatorio (SECLO) donde se intenta arribar a un acuerdo.
Luego de las negociaciones, si es posible alcanzar un acuerdo, el trabajador percibe su indemnización y conceptos reclamados.
Si no fuese posible lo mencionado en el punto anterior, se acciona judicialmente para su cobro ante el Poder Judicial de la Nación para obligar al demandado a dar cumplimiento con los derechos del trabajador.
PRESENCIA EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN
El Economista es uno de los principales medios económicos en Argentina, con una trayectoria de +70 años. Conocé todas mis publicaciones en su medio.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué indemnización me corresponde por despido sin causa?
Para los trabajadores con una antigüedad mayor a 6 meses, la ley establece una indemnización igual a un sueldo por cada año de trabajo o fracción mayor a tres meses. El sueldo se define por la mejor remuneración normal y habitual recibida el último año. (No se cuenta el aguinaldo).
¿Me corresponden indemnizaciones si estoy en negro? ¿Se derogaron las “multas” para estos casos?
En casos de trabajadores sin la correcta registración de relación de trabajo (fecha de ingreso incorrecta, pagos por fuera del recibo o falta total de registración), el trabajador tiene derecho a su indemnización por antigüedad y un resarcimiento por la falta de registración. En el año 2024 se derogaron las sumas fijas, pero sigue vigente la obligación del empleador de indemnizar los daños producidos (falta de aportes, ART y obra social, por ejemplo).
¿Si estoy en periodo de prueba me corresponde indemnización?
No. Durante los seis meses que dura el periodo de prueba, el empleador puede despedir al trabajador sin abonar indemnizaciones. La única excepción es para el caso relaciones de trabajo en negro, ya que la ley penaliza esa falta del empleador y lo obliga a abonar indemnizaciones por despido sin importar su antiguedad. Por ejemplo, un trabajador en negro que ha trabajado un mes, tiene derecho a percibir dos sueldos como indemnizacion ademas de su liquidacion final.
¿Que me corresponde cobrar si renuncio?
Si renunciaste perdés derecho a toda indemnización y solo te corresponde cobrar días trabajados, aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas. Por ello es importante asesorarse antes de renunciar.
¿Qué necesito para iniciar el reclamo?
La única información necesaria e imprescindible es nombre y apellido o razón social y CUIT del empleador a demandar.
¿Cuánto dura el procedimiento?
En la mayoría de los casos se logra negociar un acuerdo con la parte empleadora y evitar juicios, por lo que en un plazo de 3 a 4 meses el trabajador percibe una indemnización.
¿En las audiencias tengo que decir algo o hablar con mi empleador?
No. Únicamente debes acreditar tu identidad mediante DNI ante el conciliador designado y nosotros nos encargamos de explicar el caso y llevar adelante las negociaciones.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
La ley establece que el trabajador cuenta con un plazo de dos (2) años desde el despido para exigir sus derechos laborales incumplidos.
Me obligaron a renunciar bajo intimidaciones, amenazas o induciendo al error. ¿Puedo hacer algo?
Si. En ese caso la renuncia no tiene efecto y debe reclamarse legalmente.
¿Te despidieron y necesitás asesoramiento legal?
Protegemos tus derechos laborales.
OPINIONES
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